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jueves, 29 de mayo de 2014
miércoles, 28 de mayo de 2014
Ocho secuestros por día en lo que va del sexenio
De acuerdo con la organización, en lo que va del sexenio se han registrado más de 4,000 plagios, casi el doble de los que reporta el gobierno.
De diciembre del 2012 a abril del 2014, es decir, desde el inicio de la administración del presidente Enrique Peña Nieto, en el país se han registrado 4,159 secuestros, informó la organización civil Alto al Secuestro, dirigida por Isabel Miranda de Wallace.
El promedio diario de plagios cometidos en todo el territorio mexicano fue de ocho. Sin embargo, estas cifras difieren de las reportadas por las procuradurías estatales al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, ya que en total se registraron 2,395 secuestros.
Del 1 de diciembre del 2012 al 30 de abril del 2014, la tasa nacional por cada 100,000 habitantes fue de 2.9 casos. Siete entidades se encuentran por arriba de esta cifra: Morelos, Guerrero, Tamaulipas, Tabasco, Zacatecas, Estado de México y Michoacán.
Diez entidades (Tamaulipas, Jalisco, Michoacán, Guerrero, Oaxaca, Veracruz, Tabasco, Morelos, Estado de México y Zacatecas) y el Distrito Federal concentran el mayor número de secuestros, ya que en conjunto acumulan 83.8% del total.
La activista, cuyo hijo Hugo Alberto Wallace fue secuestrado y no encontrado, afirmó que los secuestros en abril respecto de marzo registraron una disminución de 7%, ya que en abril se reportaron 204 casos mientras que un mes atrás la cifra fue de 220 plagios.
De los casos reportados en abril (204) la Procuraduría General de la República atendió 65, equivalente a casi 32%, mientras que el resto estuvo a cargo de las procuradurías estatales.
La ex candidata a la Jefatura de Gobierno refirió también que los cinco municipios con mayor incidencia del delito de secuestro en el Estado de México son: Ecatepec de Morelos, Nezahualcóyotl, Cuautitlán Izcalli, Chalco y Chimalhuacán. Mientras que en Morelos son: Cuernavaca, Cuautla, Jiutepec, Temixco y Emiliano Zapata.
Asimismo, Acapulco, Chilpancingo, Taxco, Tecpan de Galeana, Teloloapan y Tlapa de Comonfort son los municipios con más plagios en Guerrero. En Tamaulipas son Tampico, Victoria, Nuevo Laredo, Reynosa y Matamoros.
Mientras que en el Distrito Federal las delegaciones que concentran más privaciones de la libertad son: Iztapalapa, Gustavo A. Madero, Tlalpan, Cuauhtémoc, Venustiano Carranza y Coyoacán. En Michoacán, uno de los estados más afectados por la violencia e inseguridad, los municipios de Morelia, Uruapan, Zitácuaro, Lázaro Cárdenas y Zamora son los que tienen más reportes de secuestros.
Sobre el perfil de las víctimas, Wallace afirmó que 71% de las víctimas pertenece al género masculino, mientras que la edad de mayor prevalencia para ser plagiado es de 21 a 30 años (24 por ciento).
El 70% de las víctimas de secuestro son asalariados, comerciantes, estudiantes y profesionistas. Además, sólo 69% de los plagiados fue liberado.
miércoles, 14 de mayo de 2014
EN HOMENAJE, AL CUMPLIRSE EL SÉPTIMO ANIVERSARIO DEL HOMICIDIO DEL LIC. JOSE NEMECIO LUGO FELIX.
Buen día, un dia como hoy asesinaron a mi hermano JOSE Nemecio LUGO Felix, , hace 7 años hoy lo recordamos con melancolía y dolor, mas sin embargo seguimos avanzando haciendo cada día lo que el mas deseaba hacer y hacia...
ayudar al las mujeres y los niños en situación de TRATA, explotados y pervertidos por una sociedad cada día mas empobrecida por la discordia y la envidia... GRACIAS A TODOS Y A TODAS POR SUS ATENCIONES.
Hoy iniciamos también con las actividades de apoyo y asesorías en NOGALES SONORA...
CALF.
viernes, 2 de mayo de 2014
Diputados duplican penas por secuestro
El decreto es avalado con 293 votos en favor, una abstención y 96 votos en contra. ARCHIVO
El dictamen es turnado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales
La pena máxima será de 80 a 140 años de cárcel y de 12 mil a 24 mil días de multa
CIUDAD DE MÉXICO (29/ABR/2014).- El pleno de la Cámara de Diputados aprobó la minuta del Senado para duplicar las penas de prisión y multas en las diferentes modalidades de secuestro, y la máxima será de 80 a 140 años de prisión y de 12 mil a 24 mil días de multa para quien prive de la vida a la víctima.
El decreto fue avalado con 293 votos en favor, una abstención y 96 votos en contra, por lo que se turnó al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.
En el debate que duró alrededor de una hora con 50 minutos la mayoría de la izquierda representada por los diputados y diputadas del PRD, Movimiento Ciudadano y Partido del Trabajo rechazaron el aumento de las penas para este delito hasta 140 años.
Argumentaron que eso no resolverá el problema de fondo, en virtud de que es la impunidad lo que se tiene que combatir junto con la corrupción que existe en el Sistema Penal mexicano.
Mientras los diputados del PAN, y principalmente del PVEM y PRI, se pronunciaron a favor de la propuesta legislativa de elevar las penas de 40 hasta 140 años de cárcel, dependiendo de la modalidad de secuestro, delito que calificaron de los más lacerantes y graves en el país.
Además en el argumento se indicó que esta reforma obedece a la demanda de la población para castigar este delito que lesiona la paz familiar y a la nación.
"Este delito involucra no sólo la lesión de uno de los bienes jurídicos más importantes del ser humano, como es la libertad, sino también una serie de implicaciones y consecuencias que suponen severas amenazas para el bienestar y adecuado desarrollo de la sociedad por la forma en que se lleva a cabo", señaló el diputado Guillermo Anaya.
El legislador del Partido Acción Nacional (PAN) indicó que el objetivo de esta reforma consiste en la duplicación de penas a los delitos en materia de secuestros, ya sea el tipo simple, el llamado exprés, la toma de rehenes, la simulación y la obstrucción de investigación.
En el documento aprobado se precisa que estas sanciones mayores se aplicarán si los autores o partícipes del secuestro privan de la vida al secuestrado.
Las diferentes condenas según el delito
El dictamen surge de una iniciativa presentada el 25 de febrero pasado por la bancada del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) en el Senado y reforma la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, y considera los tipos derivados en cuestión de circunstancia, sujeto activo o relación.
El Artículo 9 prevé que al que prive de la libertad a otra persona se le aplicarán de 40 a 80 años de prisión y de mil a cuatro mil días de multa.
En el Artículo 10 se precisan penas de 50 a 90 años de prisión y de cuatro mil a ocho mil días de multa si el secuestro se realiza en camino público o en lugar desprotegido o solitario, así como cuando se lleve a cabo en grupo de dos o más personas, con violencia y que se allane el inmueble en el que se encuentra la víctima.
Asimismo que la víctima sea menor de 18 años o mayor de 60, o que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o capacidad para resistirlo o que sea una mujer en estado de gravidez.
En el mismo artículo, en una fracción II se establecen penas de 50 a 100 años de prisión y de ocho a 16 mil días de multa si los autores sean o hayan sido integrantes de alguna institución de seguridad pública, de procuración oadministración de justicia, o de las Fuerzas Armadas mexicanas, o se ostenten como tales sin serlo.
También que el o los autores tengan vínculos de parentesco, amistad, gratitud, confianza o relación laboral con la víctima o persona relacionada con ésta, o que durante su cautiverio se cause a la víctima alguna lesión de las previstas en los artículos 291 a 293 del Código Penal federal.
Estas son: lesiones que perturben para siempre la vista o disminuya la facultad de oír, entorpezca o debilite permanentemente una mano, un pie, un brazo, una pierna o cualquier otro órgano, el uso de la palabra o alguna de las facultades mentales y lesiones que pongan en peligro la vida.
Asimismo que en contra de la víctima se hayan ejercido actos de tortura o violencia sexual y que durante o después de su cautiverio, la víctima muera debido a cualquier alteración de su salud que sea consecuencia de la privación de la libertad, o por enfermedad previa que no hubiere sido atendida en forma adecuada por los delincuentes.
En el Artículo 11 las mayores penas son de 80 a 140 años de prisión y multas de 12 a 24 mil días si los autores o partícipes privan de la vida al secuestrado.
En el Artículo 12, en caso de que espontáneamente se libere a la víctima dentro de los tres días posteriores al secuestro, la pena será de cuatro a 12 años de prisión y de 100 a 300 días de multa.
No obstante, si a la víctima se le hubiere causado alguna lesión prevista en los artículos 291 y 293 del Código Penal federal, la pena será de 18 a 32 años de prisión y de 600 a mil días de multa.
En caso de que espontáneamente se libere al secuestrado dentro de los primeros 10 días, la prisión será de 26 a 32 años y de 500 a mil días de multa.
En el Artículo 13 se contemplan penas de 200 a 700 jornadas de trabajo en favor de la comunidad al que simule por sí o por interpósita persona la privación de su libertad.
En tanto, en el artículo 14 se estipulan penas de cuatro a 16 años de prisión al que simule la privación de la libertad de otra persona.
El Artículo 15 señala que se aplicarán penas de cuatro a 16 años de prisión y de mil 400 a tres mil días de multa al que, sin haber participado de manera directa, adquiera o reciba el producto de las acciones, a sabiendas de esta circunstancia.
También establecen condenas a co partícipes
También a quien preste auxilio o cooperación, a quien oculte o favorezca el ocultamiento del responsable y/o altere, modifique o destruya ilícitamente el lugar, huellas o vestigios de los hechos delictivos a que se refiere esta ley y desvíe u obstaculice la investigación, a fin de que el inculpado se sustraiga a la acción de la justicia.
En el Artículo 16 existen penas de cuatro a 16 años de prisión y de 400 a dos mil días de multa al servidor público que divulgue, sin motivo fundado, información reservada o confidencial relacionada con las conductas sancionadas por esta ley, así como que revele, sin motivo fundado, técnicas aplicadas a la investigación.
En el Artículo 17 se establecen penas de nueve a 26 años de prisión y de 400 a dos mil días de multa al servidor público que se abstenga de denunciar ante el Ministerio Público o ante la policía la comisión de estos delitos.
Ello teniendo atribuciones en materia de prevención, investigación, procuración o impartición de justicia, así como de vigilancia y custodia en los centros de privación de la libertad o penitenciaria.
El dictamen reforma de igual manera el Artículo 25 del Código Penal federal para establecer que el límite máximo de la duración de la pena de privación de la libertad, hasta por 60 años, contemplada en ese artículo, no aplicará para los delitos sancionados en la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro.
Después de su aprobación el diputado Alfonso Durazo, de Movimiento Ciudadano, desde su curul, recordó que el lunes se destacó y calificó de increíble que se previera en la Ley de Protección Civil la caída de un meteorito que podría provocar un desastre.
"Es más fácil que nos caiga un meteorito, a que un ser humano viva 140 años", indicó.
Senado aprueba hasta 140 años de
cárcel a secuestradores
El dictamen se aprueba sin discusión con 61 votos a favor, 22 en contra y cinco abstenciones.
El PVEM propone 40 años para el secuestro y 140 para quienes asesinen a su víctima
El dictamen es turnado a la Cámara de Diputados para su análisis
CIUDAD DE MÉXICO (21/ABR/2014).- El Senadode la República aprobó sin discusión la reforma que establece una pena de hasta 140 años de cárcel a los secuestradores que asesinen, mutilen o violen a sus víctimas.
En la sesión ordinaria de hoy, ya sin el rechazo del PRD en el debate a dicho dictamen promovido por el PVEM, se aprobó con 61 votos a favor, 22 en contra y cinco abstenciones la reforma a la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en materia de Secuestro; y al Código Penal Federal.
En la última sesión previa a la Semana Santa, la bancada del Partido de la Revolución Democrática (PRD) rompió el quórum cuando se votaba esta reforma.
Su argumento entonces fue que era inconstitucional, ya que se trata de una virtual cadena perpetua, no combatiría a fondo el delito de secuestro, y era una iniciativa de "populismo penal y legislativo".
La reforma del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), que formó parte de sus compromisos de campaña, plantea que la pena mínima para el tipo básico de secuestro sea de 40 años, y si matan a la víctima, la pena máxima sería de 140 años de prisión.
Asimismo, se prevé también elevar las penas para los servidores públicos que revelen información o no denuncien este delito ante el Ministerio Público. El dictamen fue turnado a la Cámara de Diputados para su análisis.
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